domingo, 16 de enero de 2011

EVOLUCIÓN DE LA ENSEÑA NACIONAL

El actual diseño de Bandera Nacional, surge debido a los problemas de identificación de los barcos españoles en el siglo XVIII, todos los Estados europeos gobernados por la dinastía de los Borbones enarbolaban banderas blancas, de forma que en 1759, tanto Francia, España, Nápoles (Dos Sicilias), Parma y Toscana tenían banderas blancas. A comienzos del siglo la política exterior de los estados borbónicos era la de aliados, pero cuando fue avanzando el mismo los intereses estatales de cada uno hizo que existieran problemas de identificación entre las fuerzas de un estado y otro. Por ello cuando Carlos III llega al trono de España (antes había sido duque de Parma y Toscana, así como rey de Dos Sicilias) decide convocar un concurso para adoptar un pabellón para la marina de guerra. Entre las doce propuestas presentadas por Frey Antonio Valdés y Fernández Bazán, en esa época Secretario de Estado y del Despacho Universal de Marina (Ministro de Marina):


Carlos III no elige ninguno de los diseños propuestos, pero basándose en algunos de los mismos y con ligeras modificaciones, va a establecer dos modelos de bandera distintos, uno destinado a los buques de la Armada (buques de guerra) y el otro a los buques de la Marina Mercante. Asimismo se elige un nuevo modelo de gallardete para los buques de guerra basado en los motivos elegidos en su recién creada bandera.


 Así se estableció por el Real Decreto de 28 de mayo de 1785, que entraba en vigor el primer día del año siguiente (1786), dándose unos plazos para su aplicación que variaban en función de la distancia que separaba cada barco de la metrópoli. 

REAL DECRETO

Para evitar los inconvenientes y perjuicios que ha hecho ver la experiencia puede ocasionar la Bandera Nacional de que usa Mi Armada Naval y demás Embarcaciones Españolas, equivocándose a largas distancias ó con vientos calmosos con la de otras Naciones, he resuelto que en adelante usen mis Buques de guerra de Bandera dividida a lo largo en tres listas, de las cuales la alta y la baja sean encarnadas y del ancho cada una de la cuarta parte del total, y la de enmedio, amarilla, colocándose en ésta el Escudo de mis Reales Armas, reducido a los dos quarteles de Castilla y León, con la Corona Real encima; y el Gallardete en las mismas tres listas y el Escudo a lo largo, sobre Quadrado amarillo en la parte superior. Y que las demás Embarcaciones usen, sin Escudo, los mismo colores, debiendo ser la lista de enmedio amarilla y del ancho de la tercera parte de la bandera, y cada una de las partes dividida en dos partes iguales encarnada y amarilla alternativamente, todo con arreglo al adjunto diseño. No podrá usarse de otros Pavellones en los Mares del Norte por lo respectivo a Europa hasta el paralelo de Tenerife en el Oceáno, y en el Mediterráneo desde el primero de año de mil setecientos ochenta y seis; en la América Septentrional desde principio de julio siguiente; y en los demás Mares desde primero del año mil setecientos ochenta y siete. Tendréislo entendido para su cumplimiento.

Señalado de mano de S.M. En Aranjuez, a veinte y ocho de Mayo de mil setecientos ochenta y cinco.
AD. Antonio Valdés



A partir de este momento la bandera española recien nacida va a sufrir una evolución, marcada por su extensión a otros ámbitos a parte del de la marina de guerra para el que fue diseñada, extendiéndose como emblena nacional a otras instituciones militares y civiles, la cronología de este proceso es como sigue.

En 1793 se ordenó que este pabellón, utilizado hasta entonces sólo en los buques de guerra, ondeara también en los puertos y fuertes de la Marina, en 1843, por Real Decreto de 13 de octubre, ya en el reinado de Isabel II se ordena que todas las unidades militares españolas utilizaran la misma bandera, al mismo tiempo que desaparece la variante para «las demás Embarcaciones» (bandera mercante o pabellón civil). Aunque su uso de generalizó durante lo que quedaba del siglo XIX, no fue hasta 1908 que la bandera rojigualda fue declarada oficialmente bandera nacional y se establece la obligatoriedad de su uso en todos los edificios públicos.
 Bandera de la Armada y Enseña Nacional de 1785-1873 y de 1875-1931
Bandera de España durante la I República (1873-1875)

El diseño de 1785 para la Armada se conserva hasta nuestros días, aunque ha sufrido constantes variaciones del escudo contenido en su interior. Solamente la proclamación de la Segunda República Española en 1931, va a suponer a sustitución de la bandera bicolor tradicional por la bandera tricolor republicana de franjas horizontales de igual tamaño entre ellas, sustituyéndose en la franja inferior el rojo por el morado, además del cambio del escudo heraldico contenido en su interior, lo que constituye el único paréntesis en su uso a lo largo de más de dos siglos de existencia.

 Bandera de España durante la II República Española (1931-1939)

Ya durante la Guerra Civil, se volvió a la bandera bicolor (por parte de los sublevados), pero con un nuevo modelo de escudo, el modelo de 1938 (aprobado el 11 de febrero de 1938). Posteriormente, se cambió el escudo en dos ocasiones más, con los modelos de 1945 (aprobado el 11 de octubre de 1945), y 1977 (aprobado el 21 de enero de 1977), hasta el actual modelo de 1981.

 Bandera usada por los sublevados durante la Guerra Civil de 1936 a 1938

 Bandera de España de 1938-1945

Bandera de España de 1945-1977
 Bandera de España de 1977-1981
Bandera de España de 1981-hoy


En relación con el uso de la bandera, el artículo 3 de la Ley 39/1981, de 28 de octubre, establece:
La bandera de España deberá ondear en el exterior y ocupar el lugar preferente en el interior de todos los edificios y establecimientos de la Administración central, institucional, autonómica, provincial o insular y municipal del Estado.

Por su parte, la sentencia del Tribunal Supremo del 24 de julio de 2007 aclara:
La bandera debe ondear diariamente con carácter de permanencia, no de coyuntura, no de excepcionalidad sino de generalidad y en todo momento.


No hay comentarios:

Publicar un comentario